Si perteneces a una comunidad de propietarios es bueno que conozcas todo lo que implica el formar parte de este conjunto de vecinos con un mismo bien común. Un aspecto importante es el tener un amplio conocimiento del contenido del acta de la junta de propietarios. Este documento es fundamental en la toma de decisiones de los asuntos tratados en las convocatorias. Y con la finalidad de que puedas tener toda la información a la mano te dejamos el siguiente post.
¿Qué es un acta de junta de propietarios?
El acta es un documento legal en el que se estipulan todos los acuerdos y decisiones que la Comunidad de propietarios va realizando a lo largo de su gestión.Se puede interpretar como la biografía de la Comunidad. Todas las reuniones pautadas por el presidente o por los propietarios se deben redactar de forma organizada, bajo una estructura definida de redacción del acta de la junta de propietarios.
Las decisiones o acuerdos deben reflejarse de forma detallada en el libro de actas a través de un acta ya que es una norma de la Ley. Su cumplimiento es de carácter obligatorio.
Contenido de un acta de la junta de propietarios
- Iniciar con el orden del día de la reunión, se debe indicar el motivo de la convocatoria.
- Se debe comenzar indicando el lugar y la fecha en la que se realiza la reunión o convocatoria.
- Indicar quién fue el que propició dicha reunión, si fue el presidente o cualquier otro propietario del bien junto con la cuarta parte de la junta de comunidad.
- Es indispensable que se indique el orden a la que pertenece dicha reunión. Es decir, si es de carácter ordinario o extraordinario.
- Establecer el tipo de celebración si se refiere a la primera o segunda convocatoria.
- Realizar un listado con todos los propietarios que asistieron y si tienen algún puesto dentro de la junta de propietarios. El listado deberá indicar aquellos propietarios representados, y la cuota de participación según cada caso.
- Redactar de forma precisa cada uno de los acuerdos o convenios que fueron tratados durante la reunión sostenida.

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Proceso de redacción de un acta
Un acta de junta de propietarios debe estar constituida de la forma que ha sido indicada en el punto anterior. De lo contrario, será tachada o permanecerá como nula. Por su parte, la persona encargada de la redacción de dicha información, es decir del acta, es el secretario de la Comunidad, o la persona que cumpla con este papel. Puede ser el presidente de la comunidad de propietario, cabe destacar que el acta se debe redactar sin errores ni enmiendas para evitar alguna impugnación.
El contenido del acta de la Junta de propietarios, una vez efectuado, será cerrado mediante la firma del secretario y del presidente. Deben hacerlo en el mismo día o dentro de los diez días naturales siguientes. El acto de cierre de un acta se lleva a cabo con la firma del acta según los acuerdos que se hayan adoptado para dicho proceso de cierre de acta. Se cuenta con diez días hábiles desde ese momento.

