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Subvenciones eficiencia energética 2022

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Con el inicio del año 2022 comienza la puesta en marcha de las Subvenciones eficiencia energética 2022 y beneficios fiscales en el IRPF para las obras que obtengan el certificado de EFICIENCIA ENERGÉTICA.

Con la publicación del Real Decreto Ley 19/2021 se ponen en marcha una serie de ayudas para la vivienda y ayudas de eficiencia energética. En aquellas actuaciones encaminadas a obtener un ahorro energético que se recogen en el Real Decreto 853/2021 “Plan de recuperación, transformación y resiliencia” y que se pueden completar con los beneficios fiscales vía deducción en el IRPF, previstos en el Real Decreto Ley 19/2021.

El Real Decreto prevé 6 programas de actuación y para cada uno de ellos prevé ayudas económicas.

1.-Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrios.

2.-Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación

3.-Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificios.

4.-Programa de ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en las viviendas.

5.-Programa de ayudas en la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación.

6.-Programa de ayudas a la construcción de vivienda de alquiler social en edificios energéticamente eficientes.

Nos centraremos en detallar los requisitos y ayudas previstas en los programas 3, 4 y 5 que son el que tienen mayor interés para los propietarios y las Comunidades de propietarios.

Programa de ayudas para la rehabilitación de viviendas

OBJETIVO. –  Este programa destina subvenciones para obras de rehabilitación o mejora que se realicen en las viviendas, sean unifamiliares o estén integradas e un edificio plurifamiliar, para obtener una mejora de la eficiencia energética en los mismos.

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La Confederación de Cámaras de la Propiedad Urbana pone a disposición diferentes sedes para asesorarte acerca de los problemas legales sobre vivienda.

Destinatarios de las ayudas de Eficiencia Energética

  • Los receptores de las ayudas y subvenciones para la eficiencia energética serán propietarios, usufructuarios o arrendatarios y personas físicas o jurídicas.
  • Por cesión de cobro las ayudas las puede percibir el “agente o gestor de la rehabilitación” y también personas o empresa que asuman la gestión de las actuaciones.
  • Administraciones públicas, organismos públicos de diversa índole.

Requisitos para la obtención de las subvenciones de eficiencia energética

Las viviendas objeto de las ayudas han de estar destinadas a la vivienda habitual y permanente de sus propietarios, usufructuarios, o arrendatarios. En el momento de solicitar la ayuda se tendrá que acreditar mediante certificado de empadronamiento.

Actuaciones Subvencionables

Importes de las actuaciones que obtengan una reducción de la demanda energética de calefacción o refrigeración al menos un 7%.

Importe de las actuaciones que asumen una reducción de la energía primaria no renovables de al menos un 30%.

Importe de las actuaciones sobre la envolvente para adecuar los valores de transmisión térmica y permeabilidad establecidos en el Código Técnico.

Honorarios profesionales para los Proyectos , informes, técnico y certificados.

Gastos de la tramitación administrativa.

IVA no recuperable.

Cuantía de la Subvención para la adecuación de eficiencia energética

La subvención es de un 40 % de las actuaciones subvencionables hasta un máximo de 3.000 €.

El coste mínimo de la actuación es de 1.000 €.  El IVA no recuperable es subvencionable. No son subvencionables los gastos de impuestos, tasas o licencias.

Beneficios fiscales con deducción del 20 %

Para aquellas actuaciones que se obtenga una reducción de la demanda energética de calefacción o refrigeración de al menos un 7% será aplicable una deducción en el IRPF del 20%. Con una limitación, que la base máxima de la deducción es de 5.000 € .

Deducción del 40 %

Para aquellas actuaciones que asuman una reducción de energía primaria no renovables de al menos un 30 % o bien consigan una mejora de la calificación energética de la vivienda situándose en la calificación “A” o “B”. En este caso les será aplicable una deducción en el IRPF del 40%, con una base máxima de deducción de 7.500 €.

En los dos supuestos anteriores, afecta a aquellas obras que se realicen entre el 6/10/2021 y el 31/12/2022. Se acreditará con los Certificados de Eficiencia Energética realizados antes y después de las obras.

Para concretar la base de la deducción es necesario computar los importes pagados por obras y proyectos técnicos. De esta forma se podrá deducir en su caso el importe de las subvenciones concedidas.

Las Ayudas no tributan en el IRPF

Otro importante beneficio fiscal es que las subvenciones recibidas para los programas de ayudas no se han de declarar ingresos en la correspondiente declaración del IRPF.

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Resumen
Subvenciones para eficiencia energética
Nombre del artículo
Subvenciones para eficiencia energética
Descripción
SUBVENCIONES Y BENEFICIOS FISCALES EN EL IRPF, PARA LAS OBRAS QUE OBTENGAN UNA EFICIENCIA ENERGÉTICA
Autor
Editor
Confederación de Cámaras de la Propiedad Urbana
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