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Propiedad horizontal: Uso privativo del patio comunitario

Propiedad horizontal y patio interior

Compartir una propiedad es todo menos sencillo. Sí, puede ser muy beneficioso a largo plazo pero eso no significa que no sea problemático en ocasiones. Sobre todo cuando se busca determinar qué partes de la propiedad son privadas y qué partes no. Pero esto ya no será un problema, ya que a continuación definiremos exactamente qué es un patio interior y todo lo relacionado con este peculiar tema. Nos centraremos en el uso privativo del patio comunitario.

¿Qué es un patio interior?

Como la lógica indica, los patios interiores son esas zonas abiertas que se encuentran dentro de un edificio, propiedad o vivienda cerrada. Estas mismas zonas pueden ser de uso común o de uso privado. Generalmente, en las Escrituras de División Horizontal, se especifica a cuál de estas dos categorías pertenece.

En caso de que suceda lo contrario y no se especifique qué clase de uso se le dará a este patio interior, entonces se considerará como una zona comunitaria. Aún así, si el patio en cuestión posee ciertas características, se puede terminar privatizando.

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La Confederación de Cámaras de la Propiedad Urbana pone a disposición diferentes sedes para asesorarte acerca de los problemas legales sobre vivienda.

¿Qué es un patio privativo?

Comúnmente los patios privativos (nombre dado a esas zonas abiertas de uso privado), se ubican en áreas a las que solo se puede acceder a través de una vivienda y por ende, su disfrute será exclusivo del propietario de dicha vivienda.

Claro está que el resto de vecinos, no le pueden negar de ninguna forma a este propietario, el disfrute de esta zona privada. Pero en caso de que sea necesario acceder a esta misma para realizar alguna labor de mejora o reparación en beneficio del edificio o propiedad, el propietario no podrá negarle el acceso a los demás propietarios.

Este es un aspecto importante a tener en cuenta sobre el uso privativo de un patio comunitario.

¿Qué es un patio interior común?

Por otro lado, se puede dar el caso en el que dentro de la propiedad exista una zona abierta a la que se pueda acceder con facilidad y que sea de uso general. Este patio común es propiedad de todos por igual,por lo que será responsabilidad de cada propietario el conservarlo y mantenerlo en buen estado.

Cualquier propietario podrá hacer uso de este patio siempre que lo desee y ningún vecino podrá negarles este derecho, siempre y cuando, no hagan un uso indebido de la misma y no afecten la calma y tranquilidad de la propiedad. Después de todo, debemos recordar que el derecho de uno no puede sobreponerse por encima de los derechos de la comunidad.

Si se da el caso, y un propietario necesita ocupar este espacio común por cualquier motivo plausible (como puede ser, por ejemplo, el querer almacenar momentáneamente equipamiento de reparaciones en ese lugar u organizar una reunión de propietarios ahí), entonces tendrá que recurrir a la junta de propietarios para pedir la aprobación de esta acción. El voto a favor deberá ser unánime, en caso contrario no se podrá continuar con la intención.

uso privativo patio comunitario

Deberes y derechos de un propietario del uso privativo de patio comunitario

  • Como se adelantó con anterioridad, los propietarios de una vivienda con patio de uso privativo, tendrán el derecho de usar el mismo siempre que no afecten la dinámica de la comunidad de propietarios.
  • Los propietarios deberán permitir que se acceda a este mismo patio, cuando sea necesario realizar una mejora o alguna acción en beneficio del edificio y de la comunidad.
  • Entre las obligaciones del propietario del uso privativo del patio comunitario, se encuentra el mantener esta misma zona en buen estado de conservación y salubridad. En otras palabras, el propietario en cuestión deberá encargarse del cuidado del patio privado,después de todo, este le pertenece a él.
  • El cuidado del patio también abarca las reparaciones y mejoras de la zona, pero para que un propietario pueda realizar estas acciones, deberá primero pedirle autorización a la junta de propietarios. Ellos deliberarán y muy probablemente, si la acción no contradice nada de lo estipulado en los Estatutos de la Comunidad y en La ley de Propiedad Horizontal, permitirán al propietario del patio realizar las reparaciones o mejoras que desee.

Claro, se debe tener en cuenta que todo cambio que altere de forma negativa el funcionamiento regular del edificio, será denegado al instante.

Respetar el uso del resto de propietarios

No se deben hacer ningún tipo de obras que afecten elementos comunes. Ya que nunca se deberá afectar la comodidad de los demás propietarios.

  • Si solo se planea usar este espacio privado como almacén o como zona para tomar el té (solo por poner unos ejemplos), no se tendrá que notificar nada a la comunidad. Después de todo, son acciones irrelevantes.
  • Cómo último aspecto, podemos destacar que se puede dar el caso en el que el propietario del patio privativo no se tenga que hacer cargo de las reparaciones de la zona privada. Si se han ocasionado daños y se confirma que los mismos fueron causados por efectos colaterales de un imperfecto general que ocurre en el edificio o propiedad en cuestión, en este caso será la junta de propietarios la encargada de contratar y pagar las reparaciones pertinentes.

¿Qué te ha parecido toda esta información relacionada con el uso privativo de patio comunitario?

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